POLICIA LOCAL DE LORCA

LA LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA ES UN ATENTADO A LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS, UN DESPRECIO A LA LIBERTAD PARA MANIFESTAR NUESTROS DESACUERDOS SIN TEMOR A QUE ALGUIEN DE PIEL EXTREMADAMENTE SENSIBLE LOS JUZGUE SIN ESTAR CAPACITADO PARA ELLO.

policia local iiSegún informaba LA OPINIÓN, el pasado día 29 de febrero en la avenida de las Fuerzas Armadas de Lorca, sobre las ocho y media de la tarde, se producía un hecho; la verdad es que no sabemos como calificarlo, que ponía de manifiesto la sensible piel de la policía local de esa ciudad y es que, al parecer, existió un intercambio de impresiones entre un ciudadano de Cartagena y agentes de dicho cuerpo, que ha terminado en una denuncia administrativa de los agentes hacia el chico al que se acusa de “faltas de respeto” a los policías, y, de esta manera, al ciudadano le llegará una multa de 100 a 600 euros por, al parecer, “realizar comentarios irrespetuosos y con desprecio” como: “para qué me paras, hijo mío” o “sois la hostia” a agentes de la Policía Local de Lorca. Sí, como oyen, por decir esto a un joven de 28 años le ha caído esta multa y, sobre todo, le quedará para siempre la sensación de que el ciudadano está indefenso ante los policías, no importa de que cuerpo sean, porque, como todos ustedes saben, ahora tienen potestad para abrir un expediente sancionador por el solo hecho de hacer un comentario que, cuando se tienen 28 años; y por sus expresiones, los agentes no deberían tener más, forma parte del lenguaje coloquial que los jóvenes utilizan. En el expediente no se habla de que se pusiera violento, en ningún momento. De que insultará, de que elevara la voz. No, pone que faltó el respeto. Pero claro visto lo visto, debemos preguntarnos cual es el umbral de lo que estos policías consideran falta de respeto.

PoliciaEn la controvertida Ley de Seguridad Ciudadana—conocida también como Ley Mordaza– queda establecido que se podrán multar con cantidades que oscilan entre los 100 y los 600 euros “las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad”. Y como quiera que en esa Ley las fuerzas de seguridad tienen ahora capacidad para imponer sanciones administrativas que antes quedaban solamente en manos de un juez, pues eso, que este chico puede darse por contento con que su “para que me paras hijo mío” y “sois la hostia” hayan sido considerados por los agentes como falta leve y se conformen con ponerle una sanción de entre 100 a 600 euros, porque imagínense que puestos a considerar hubiesen apreciado gravedad en el tema: pues le hubiesen caído de 601 a 30.000 euros. Y dejémoslo aquí porque podrían llegar a más.

Siempre me pareció esta Ley un atentado hacia los derechos de los ciudadanos, un desprecio a la libertad que tenemos para manifestar nuestros desacuerdos sin temor a que alguien de piel extremadamente sensible juzgue sin estar capacitado para ello, pese a que le otorgue esa potestad una Ley que solamente fue votada por un partido, el PP, montado en su mayoría absoluta. Y sí, a esta Ley se le intentó prestar apariencia de legalidad al contemplar que las sanciones puedan ser recurribles ante los tribunales, pero no me negarán que ejerce un efecto disuasorio sobre aquellos ciudadanos que temen verse atrapados en las redes gubernativas o administrativas si osan discrepar públicamente del Gobierno. No ponemos en duda que los policías locales de Lorca actuasen conforme a derecho; es lo que les permite esta Ley pensada para un país mucho menos demócrata que el nuestro, pero si nos preocupa que las fuerzas del orden puedan considerar falta de respeto que alguien les diga lo que este chico de Cartagena, porque díganme donde ponen ellos el soportal a la falta de consideración o no.

Pues a mi, que quieren que les diga, lo que me parece una falta de consideración extrema es que a alguien se le pueda multar por hacer los comentarios que se reflejan en la denuncia administrativa.

Publicado en La Opinión, de Murcia, el 9-3-2016

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