Hace un tiempo, la Comisión Europea pedía a España que “impidiera el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público”. Así se titulaba la carta de emplazamiento que, en octubre de 2024, la CE envió a España “por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público”.
Y si es cierto que la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral y la estabilidad del empleo—hasta ese momento la legislación española no contemplaba, mecanismos eficaces para prevenir y sancionar el uso indebido de contratos temporales–, introducía medidas para reducir la temporalidad en el sector público y evitar el abuso de contratos interinos, no es menos cierto que el problema continua existiendo y de manera especial en la sanidad publica.
Sí, el abuso de interinos en la sanidad pública española continua siendo muy preocupante, porque se sigue con la utilización prolongada de contratos temporales para ocupar puestos de trabajo que deberían ser cubiertos por personal fijo. Se continúan repitiendo los mismos motivos que llevaron a la Justicia Europea a sancionar a España. Y la situación se hace insoportable, cuando los interinos cubren necesidades permanentes y no transitorias.
La incertidumbre, la falta de estabilidad laboral que genera la interinidad, afectan negativamente a la calidad de vida de los trabajadores y trabajadoras, porque no solo viven con la incertidumbre del mañana, es que atañe decisivamente a su motivación profesional, porque ¿quien va a pensar en promociones laborales si están pendientes de obtener una fijeza que les de sosiego personal?, pero sobre todo ¿ quien se atreve a denunciar los abusos de algunos jefes si se está en situación de interinidad que es tanto como decir precariedad?
Y en estas condiciones de los trabajadores, de manera especial de las trabajadoras, se hace más patente la figura de aquellos que se creen superiores, un patrón generalizado de personalidad narcisista que se caracteriza por un sentimiento de superioridad: necesidad de admiración y falta de empatía y que se agudiza en muchos hombres cuando la figura débil es la de la mujer.
En todo esto me ha hecho pensar el hecho de que, el jefe de Urgencias del Hospital Reina Sofía de Murcia, haya sido denunciado por trece mujeres, en su mayoría médicas residentes, por acoso sexual. Sí, ha sido acusado—otras once personas han declarado haber sido testigos de los abusos–, de presuntos tocamientos y comportamientos inadecuados. Hechos que, según las denunciantes, habrían ocurrido en el entorno laboral del centro hospitalario, durante años.
Creemos en el principio de presunción de inocencia, establecido en el artículo 24.2 de la Constitución Española, donde se refleja que una persona no ha cometido un delito hasta que se demuestre lo contrario mediante pruebas legalmente válidas. Y, por supuesto, entendemos que el acusado niegue cualquier hecho, pero también pensamos que trece afectadas, más once testigos, no se ponen de acuerdo, así como así, para denunciar un hecho que a las primeras que avergüenzan—la mayoría se sienten culpables– es a las victimas. Victimas que, en muchos casos, no pueden permitirse la libertad de enfrentarse al todopoderoso jefe, porque dependen de un contrato que se puede renovar, o no, en función de la decisión de éste. Y, al parecer, los tocamientos del jefe de Urgencias del Reina Sofía, a sanitarias de ese servicio, se repitieron a lo largo del tiempo, como pone de manifiesto la Unidad de Igualdad del SMS, que ha llegado a la conclusión de que el Jefe de Urgencias actúo de “forma impune” durante años.
Todo, al parecer, ante el silencio cómplice de algunos responsables.

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